Trazabilidad auditable para pymes que implantan el canal voluntariamente: Historial auditable de cada caso (modelo Activity) que demuestra el cumplimiento del art. 9 ante la AIPI. Tu pyme tiene menos de 50 empleados y la Ley 2/2023 no te obliga todavía — pero implantar el canal voluntariamente es buena práctica de compliance, te adelantas a la obligación y proteges a la empresa de represalias y fraudes.
La trazabilidad auditable es el libro registro que la Ley 2/2023 exige: cada cambio de estado, cada nota interna y cada respuesta pública al informante queda registrado en un historial inmutable por denuncia (modelo Activity). Sin ese historial, el canal no es conforme aunque sea anónimo y aunque respete los plazos, porque la AIPI te pide demostrar que gestionaste cada caso. DenunciaBot lo genera automáticamente con cada acción y te lo muestra por denuncia, para que una inspección pueda reconstruir el recorrido completo del caso.
Aunque no estés obligado, una denuncia interna sin canal te pilla sin trazabilidad y sin forma de demostrar que actuaste bien. Implantar un canal externalizado cuesta más que la opción self-serve y te cede la gestión a un tercero. La Ley 2/2023 sólo obliga a entidades privadas con 50+ trabajadores; por debajo, implantar el canal es voluntario. Implantar el canal voluntariamente adelanta la obligación y refuerza el compliance de la pyme. El canal voluntario se rige por las mismas reglas de anonimato y plazos del art. 9. DenunciaBot lo aplica al implantar tu canal anónimo.