Alertas de vencimiento para pymes que implantan el canal voluntariamente: El panel marca las denuncias con plazo de acuse o resolución vencidos para que actúes antes de la sanción. Tu pyme tiene menos de 50 empleados y la Ley 2/2023 no te obliga todavía — pero implantar el canal voluntariamente es buena práctica de compliance, te adelantas a la obligación y proteges a la empresa de represalias y fraudes.
Las alertas de vencimiento son la capa operativa sobre el control de plazos: el panel de DenunciaBot surfacea las denuncias cuyo acuse lleva más de 7 días naturales o cuya resolución lleva más de 3 meses sin cerrarse, con flags visuales y un contador de casos vencidos. Así el responsable de compliance ve de un vistazo qué casos le van a exponer a la sanción de la AIPI y actúa antes del vencimiento. Es la diferencia entre cumplir el art. 9 sobre la papel y cumplirlo en la operación real.
Aunque no estés obligado, una denuncia interna sin canal te pilla sin trazabilidad y sin forma de demostrar que actuaste bien. Implantar un canal externalizado cuesta más que la opción self-serve y te cede la gestión a un tercero. La Ley 2/2023 sólo obliga a entidades privadas con 50+ trabajadores; por debajo, implantar el canal es voluntario. Implantar el canal voluntariamente adelanta la obligación y refuerza el compliance de la pyme. El canal voluntario se rige por las mismas reglas de anonimato y plazos del art. 9. DenunciaBot lo aplica al implantar tu canal anónimo.