Trazabilidad auditable para empresas de 250 o más empleados: Historial auditable de cada caso (modelo Activity) que demuestra el cumplimiento del art. 9 ante la AIPI. Tu empresa tiene 250 o más empleados y ya debías tener el canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023 desde antes — el umbral de 50+ lo extendió a todos, pero tú llevas retraso si tu canal actual no cumple el anonimato técnico.
La trazabilidad auditable es el libro registro que la Ley 2/2023 exige: cada cambio de estado, cada nota interna y cada respuesta pública al informante queda registrado en un historial inmutable por denuncia (modelo Activity). Sin ese historial, el canal no es conforme aunque sea anónimo y aunque respete los plazos, porque la AIPI te pide demostrar que gestionaste cada caso. DenunciaBot lo genera automáticamente con cada acción y te lo muestra por denuncia, para que una inspección pueda reconstruir el recorrido completo del caso.
Las grandes empresas arrastran canales antiguos basados en email o formulario que guardan IP y no cumplen el anonimato técnico del art. 9. Un canal no conforme (sin trazabilidad, sin control de plazos) expone a la sanción máxima de 1.000.000 € para persona jurídica. Las entidades de 250+ trabajadores ya estaban obligadas antes que las de 50-249; el umbral bajó a 50 con la Ley 2/2023. Los canales basados en email o formulario que guardan IP no cumplen el anonimato técnico del art. 9. La sanción máxima para persona jurídica por no tener canal o romper el anonimato llega a 1.000.000 € (art. 62). DenunciaBot lo aplica al implantar tu canal anónimo.