Trazabilidad auditable para empresas de 50-249 empleados: Historial auditable de cada caso (modelo Activity) que demuestra el cumplimiento del art. 9 ante la AIPI. Tu empresa tiene entre 50 y 249 empleados y desde el 1 de diciembre de 2023 estás obligado a tener un canal de denuncias interno anónimo conforme a la Ley 2/2023 — la AIPI ya está activa y sanciona.
La trazabilidad auditable es el libro registro que la Ley 2/2023 exige: cada cambio de estado, cada nota interna y cada respuesta pública al informante queda registrado en un historial inmutable por denuncia (modelo Activity). Sin ese historial, el canal no es conforme aunque sea anónimo y aunque respete los plazos, porque la AIPI te pide demostrar que gestionaste cada caso. DenunciaBot lo genera automáticamente con cada acción y te lo muestra por denuncia, para que una inspección pueda reconstruir el recorrido completo del caso.
La AIPI inició su actividad el 1 de septiembre de 2025 con plena potestad sancionadora; no tener canal o romper el anonimato es infracción muy grave (art. 62). Contratar un compliance externo o un despacho cuesta 70 €+/mes o por presupuesto y te ata a consultoría para algo que es self-serve y cuesta 49 €/mes. Obligatorio desde el 1 de diciembre de 2023 para entidades privadas con 50-249 trabajadores (Ley 2/2023, BOE-A-2023-4513). La AIPI inició su actividad el 1 de septiembre de 2025 con plena potestad sancionadora. Sanción art. 62 por no tener canal o romper el anonimato: 30.001-300.000 € para personas físicas y 600.001-1.000.000 € para personas jurídicas. DenunciaBot lo aplica al implantar tu canal anónimo.