Anonimato real para empresas de 250 o más empleados: No se guarda IP, email ni nombre del denunciante; solo recibe un reportCode de 8 caracteres para consultar el estado. Tu empresa tiene 250 o más empleados y ya debías tener el canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023 desde antes — el umbral de 50+ lo extendió a todos, pero tú llevas retraso si tu canal actual no cumple el anonimato técnico.
El anonimato real es el núcleo técnico del canal conforme a la Ley 2/2023. A diferencia de un formulario o un email que registra la IP o el remitente, DenunciaBot no almacena ningún dato identificativo del denunciante: ni IP, ni email, ni nombre. La única identidad que se entrega es un reportCode aleatorio de 8 caracteres (alfabeto sin ambiguos, sin 0/O ni 1/I) que el denunciante recibe al enviar y con el que consulta el estado en /track. Si pierde el código, no es recuperable: ésa es la garantía de que ni siquiera DenunciaBot puede identificar al informante. /track devuelve sólo categoría, estado, fechas y respuesta pública, nunca la descripción ni datos de la empresa. Es lo que la AIPI comprueba al auditar el canal.
Las grandes empresas arrastran canales antiguos basados en email o formulario que guardan IP y no cumplen el anonimato técnico del art. 9. Un canal no conforme (sin trazabilidad, sin control de plazos) expone a la sanción máxima de 1.000.000 € para persona jurídica. Las entidades de 250+ trabajadores ya estaban obligadas antes que las de 50-249; el umbral bajó a 50 con la Ley 2/2023. Los canales basados en email o formulario que guardan IP no cumplen el anonimato técnico del art. 9. La sanción máxima para persona jurídica por no tener canal o romper el anonimato llega a 1.000.000 € (art. 62). DenunciaBot lo aplica al implantar tu canal anónimo.