Alertas de vencimiento para empresas de 250 o más empleados: El panel marca las denuncias con plazo de acuse o resolución vencidos para que actúes antes de la sanción. Tu empresa tiene 250 o más empleados y ya debías tener el canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023 desde antes — el umbral de 50+ lo extendió a todos, pero tú llevas retraso si tu canal actual no cumple el anonimato técnico.
Las alertas de vencimiento son la capa operativa sobre el control de plazos: el panel de DenunciaBot surfacea las denuncias cuyo acuse lleva más de 7 días naturales o cuya resolución lleva más de 3 meses sin cerrarse, con flags visuales y un contador de casos vencidos. Así el responsable de compliance ve de un vistazo qué casos le van a exponer a la sanción de la AIPI y actúa antes del vencimiento. Es la diferencia entre cumplir el art. 9 sobre la papel y cumplirlo en la operación real.
Las grandes empresas arrastran canales antiguos basados en email o formulario que guardan IP y no cumplen el anonimato técnico del art. 9. Un canal no conforme (sin trazabilidad, sin control de plazos) expone a la sanción máxima de 1.000.000 € para persona jurídica. Las entidades de 250+ trabajadores ya estaban obligadas antes que las de 50-249; el umbral bajó a 50 con la Ley 2/2023. Los canales basados en email o formulario que guardan IP no cumplen el anonimato técnico del art. 9. La sanción máxima para persona jurídica por no tener canal o romper el anonimato llega a 1.000.000 € (art. 62). DenunciaBot lo aplica al implantar tu canal anónimo.