Control de plazos legales para empresas de 250 o más empleados: Controlamos los plazos del art. 9 Ley 2/2023: acuse de recibo en 7 días naturales y resolución en 3 meses, con flags de vencimiento. Tu empresa tiene 250 o más empleados y ya debías tener el canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023 desde antes — el umbral de 50+ lo extendió a todos, pero tú llevas retraso si tu canal actual no cumple el anonimato técnico.
El art. 9 de la Ley 2/2023 fija los plazos del sistema interno de información: acuse de recibo al informante en 7 días naturales (salvo riesgo para la confidencialidad) y resolución en 3 meses, ampliables a otros 3 en casos complejos. DenunciaBot trackea esos plazos por denuncia desde el envío, calcula los días restantes para el acuse y para la resolución, y marca con flags cuándo vencen. Es el latido del cumplimiento que la AIPI audita: sin control de plazos, el canal no es conforme aunque sea anónimo.
Las grandes empresas arrastran canales antiguos basados en email o formulario que guardan IP y no cumplen el anonimato técnico del art. 9. Un canal no conforme (sin trazabilidad, sin control de plazos) expone a la sanción máxima de 1.000.000 € para persona jurídica. Las entidades de 250+ trabajadores ya estaban obligadas antes que las de 50-249; el umbral bajó a 50 con la Ley 2/2023. Los canales basados en email o formulario que guardan IP no cumplen el anonimato técnico del art. 9. La sanción máxima para persona jurídica por no tener canal o romper el anonimato llega a 1.000.000 € (art. 62). DenunciaBot lo aplica al implantar tu canal anónimo.