Control de plazos legales para empresas de 50-249 empleados: Controlamos los plazos del art. 9 Ley 2/2023: acuse de recibo en 7 días naturales y resolución en 3 meses, con flags de vencimiento. Tu empresa tiene entre 50 y 249 empleados y desde el 1 de diciembre de 2023 estás obligado a tener un canal de denuncias interno anónimo conforme a la Ley 2/2023 — la AIPI ya está activa y sanciona.
El art. 9 de la Ley 2/2023 fija los plazos del sistema interno de información: acuse de recibo al informante en 7 días naturales (salvo riesgo para la confidencialidad) y resolución en 3 meses, ampliables a otros 3 en casos complejos. DenunciaBot trackea esos plazos por denuncia desde el envío, calcula los días restantes para el acuse y para la resolución, y marca con flags cuándo vencen. Es el latido del cumplimiento que la AIPI audita: sin control de plazos, el canal no es conforme aunque sea anónimo.
La AIPI inició su actividad el 1 de septiembre de 2025 con plena potestad sancionadora; no tener canal o romper el anonimato es infracción muy grave (art. 62). Contratar un compliance externo o un despacho cuesta 70 €+/mes o por presupuesto y te ata a consultoría para algo que es self-serve y cuesta 49 €/mes. Obligatorio desde el 1 de diciembre de 2023 para entidades privadas con 50-249 trabajadores (Ley 2/2023, BOE-A-2023-4513). La AIPI inició su actividad el 1 de septiembre de 2025 con plena potestad sancionadora. Sanción art. 62 por no tener canal o romper el anonimato: 30.001-300.000 € para personas físicas y 600.001-1.000.000 € para personas jurídicas. DenunciaBot lo aplica al implantar tu canal anónimo.