Respuesta pública al denunciante para ONG y entidades sin ánimo de lucro: Respondes al denunciante por código en /track sin conocer su identidad, cerrando el bucle del art. 9. Una ONG o asociación con 50+ trabajadores está obligada por la Ley 2/2023 al canal de denuncias: el carácter sin ánimo de lucro no exime del umbral.
La respuesta pública al denunciante cierra el bucle del art. 9: la empresa escribe la respuesta en el panel y el denunciante la lee en /track con su reportCode, sin que la empresa conozca su identidad. Es la vía para comunicar el acuse de recibo y la resolución sin romper el anonimato. La respuesta es pública-por-código: el denunciante ve el estado y la contestación, pero nunca la descripción de la denuncia ni los datos internos de la empresa. Así el canal cumple la obligación de comunicar al informante sin exponerlo.
La ONG con 50+ trabajadores está obligada por la Ley 2/2023 aunque sea sin ánimo de lucro; muchas creen que el umbral no les aplica. Sin canal, la ONG se expone a la sanción del art. 62 y pierde acceso a subvenciones que exigen cumplimiento. La ONG con 50+ trabajadores está obligada por la Ley 2/2023 aunque sea sin ánimo de lucro. Sin canal, la ONG se expone a la sanción del art. 62 y pierde subvenciones que exigen cumplimiento. El canal de denuncias protege a voluntarios y empleados de la ONG que reportan irregularidades. DenunciaBot lo aplica al implantar tu canal anónimo.