Respuesta pública al denunciante para sectores regulados: Respondes al denunciante por código en /track sin conocer su identidad, cerrando el bucle del art. 9. Estás en un sector regulado —financiero, farmacéutico, administración pública— y la Ley 2/2023 te obliga a tener canal de denuncias sin importar tu tamaño, no a partir de 50 empleados.
La respuesta pública al denunciante cierra el bucle del art. 9: la empresa escribe la respuesta en el panel y el denunciante la lee en /track con su reportCode, sin que la empresa conozca su identidad. Es la vía para comunicar el acuse de recibo y la resolución sin romper el anonimato. La respuesta es pública-por-código: el denunciante ve el estado y la contestación, pero nunca la descripción de la denuncia ni los datos internos de la empresa. Así el canal cumple la obligación de comunicar al informante sin exponerlo.
El sector regulado está obligado sin umbral de empleados, pero muchas entidades pequeñas del sector creen que no les aplica y se exponen a la sanción. El anonimato técnico y la trazabilidad son lo que distingue un canal conforme de un buzón de email; en sector regulado la supervisión es más estricta. Los sectores regulados (financiero, farmacéutico, público) están obligados por la Ley 2/2023 sin umbral de empleados. La AIPI supervisa el cumplimiento y sanciona también al sector regulado. El art. 9 fija acuse en 7 días naturales y resolución en 3 meses también en el sector regulado. DenunciaBot lo aplica al implantar tu canal anónimo.