URL anónima por empresa para administraciones públicas: Cada empresa recibe su URL anónima denunciabot.es/r/tuempresa lista en 5 minutos, sin desarrollo ni hosting propio. Tu administración pública está obligada por la Ley 2/2023 a disponer de un canal de denuncias interno anónimo — la obligación del sector público no depende del tamaño y la AIPI y las autoridades autonómicas supervisan.
Cada empresa que se da de alta en DenunciaBot recibe una URL anónima propia del tipo denunciabot.es/r/tuempresa donde sus empleados presentan denuncias sin identificarse. Esa URL es el único punto de entrada del canal: la compartes internamente, no requiere portal ni login para el denunciante y no depende de que montes nada en tu servidor. El slug es único por empresa y se genera al registro; si quieres uno concreto, lo solicitas. Es la pieza que hace que el canal esté vivo en 5 minutos en lugar de semanas de proyecto.
El sector público debe garantizar anonimato y trazabilidad con medios propios y muchas administraciones arrastran buzones de email no conformes. La supervisión del sector público es dual: la AIPI estatal y las autoridades autonómicas de protección del informante. Las administraciones públicas están obligadas por la Ley 2/2023 sin umbral de empleados. La supervisión del sector público se reparte entre la AIPI estatal y las autoridades autonómicas competentes. El art. 9 fija los plazos de acuse (7 días) y resolución (3 meses) también para el sector público. DenunciaBot lo aplica al implantar tu canal anónimo.