Guía paso a paso

Cómo implantar un canal de denuncias anónimo (Ley 2/2023)

Guía para implantar un canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023 (empresas de 50+ empleados).

Pasos

  1. 1

    Verifica si tu empresa está obligada

    La Ley 2/2023 obliga a toda entidad del sector privado con 50 o más empleados, y a las del sector público. Si tienes 50+, necesitas un canal operativo.

  2. 2

    Configura el canal con DenunciaBot

    DenunciaBot genera un formulario público anónimo en una URL dedicada (/r/[tu-slug]) + un panel de gestión interno. Sin IP, sin email, sin nombre: solo un reportCode de 8 caracteres.

  3. 3

    Designa un Responsable

    Comunica el canal a los empleados y designa un Responsable del Sistema Interno de Información. Si tu empresa tiene 50-249, puedes ser tú mismo.

  4. 4

    Registra el canal en la AIPI

    Las empresas de 50-249 deben comunicar su Responsable a la Autoridad Independiente de Protección al Informante (AIPI).

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo es obligatorio?
La Ley 2/2023 entró en vigor el 13 de marzo de 2023. Las empresas de 50+ debían tener el canal operativo desde entonces. La AIPI empezó a inspeccionar en febrero de 2026.
¿Qué multa hay por no tener canal?
Las multas van de 30.001€ a 300.000€ para personas físicas, y de 600.001€ a 1.000.000€ para personas jurídicas (art. 62 Ley 2/2023).

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