La presunción de inocencia
Si te acusan falsamente de acoso laboral o infracción, tienes la presunción de inocencia (art. 24 CE). La carga de la prueba recae en el acusador: debe demostrar los hechos, no tú demostrar tu inocencia.
Tus derechos como denunciado
- Presunción de inocencia: no eres culpable hasta que se pruebe.
- Derecho a la defensa: puedes aportar pruebas, testigos, abogado.
- Derecho a no autoincriminarte: no estás obligado a declarar contra ti.
- Derecho a un proceso con garantías: contradicción, publicidad, plazo razonable.
- Derecho a indemnización si la denuncia es falsa (art. 321 CP).
Qué hacer paso a paso
Paso 1: no reacciones emocionalmente
La primera reacción suele ser indignación y ganas de explicar. No lo hagas sin asesoría. Lo que digas puede usarse contra ti.
Paso 2: documenta tu versión
Prepara un diario de tu perspectiva:
- Fechas y horas de los supuestos incidentes.
- Dónde estabas tú en esos momentos.
- Testigos que puedan corroborar tu versión.
- Mensajes/emails que desmientan la acusación.
Paso 3: reúne pruebas de tu inocencia
- Emails/mensajes que muestran relación normal.
- Testigos que descarten la versión del acusador.
- Grabaciones (si legales) que desmientan los hechos.
- Informes de desempeño que muestren buena conducta.
Paso 4: colabora con la investigación
Si la empresa abre investigación:
- Pide acceso a la denuncia (tienes derecho a saber de qué se te acusa).
- Aporta tus pruebas y testigos.
- Pide abogado si el caso es grave.
- No firmes admissions sin asesoría.
Paso 5: si la denuncia es manifiestamente falsa, denuncia al falso denunciante
El art. 456 CP castiga la acusación y denuncia falsas con pena de prisión de 6 a 12 meses. Puedes:
- Denunciar al falso denunciante por simulación de delito (art. 457 CP) o calumnia (art. 205 CP).
- Reclamar indemnización por daños morales y materiales.
- Si te despidieron por la falsa denuncia, demanda por despido improcedente/nulo.
La empresa: obligaciones
La empresa que recibe una denuncia:
- Debe investigar de forma imparcial (Ley 2/2023).
- No puede represaliar al denunciado sin pruebas.
- Debe respetar la presunción de inocencia del denunciado.
- Si la denuncia es falsa, debe archivar y proteger al denunciado.
El problema de las denuncias falsas
La Ley 2/2023 protege al denunciante de buena fe, pero las denuncias falsas y temerarias pueden sancionarse (art. 63 Ley 2/2023). Sin embargo, la línea entre "buena fe equivocada" y "denuncia falsa" es fina.
Conclusión
Si te acusan falsamente, no entres en pánico: documenta, colabora y defiéndete. Si la denuncia es falsa, puedes contraatacar legalmente. DenunciaBot gestiona denuncias con trazabilidad auditable, lo que también protege al denunciado de falsas acusaciones y al denunciado de denuncias temerarias.