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Tipos de denuncia04 de julio de 2026· 6 min de lectura

Denuncia de discriminación laboral: por sexo, edad, origen o discapacidad

La discriminación laboral está prohibida por el ET y el Código Penal. Te explicamos qué es, cómo detectarla y cómo denunciarla con protección de la Ley 2/2023.

La discriminación laboral: qué es

La discriminación laboral es el trato desfavorable de un trabajador por motivos protegidos: sexo, edad, origen racial, religión, discapacidad, orientación sexual, ideología. Está prohibida por el art. 17 ET, el art. 14 CE y el art. 314 CP (delito).

Tipos de discriminación

1. Por sexo (incluye brecha salarial)

Ejemplos:

  • Pagar menos a una mujer por el mismo trabajo.
  • No ascender a mujeres "por si se embarazan".
  • Asignar tareas inferiores a mujeres con igual categoría.

La Ley 4/2023 (Real Decreto-ley 902/2020) obliga a empresas de 50+ a tener plan de igualdad y registro salarial.

2. Por edad

Ejemplos:

  • No contratar a mayores de 50.
  • Despedir preferentemente a mayores.
  • No formar a trabajadores próximos a la jubilación.

3. Por origen racial o nacionalidad

Ejemplos:

  • No contratar a extranjeros (con permiso legal).
  • Pagar menos a trabajadores de ciertos orígenes.
  • Aislar o ignorar a empleados por su origen.

4. Por discapacidad

Ejemplos:

  • No adaptar el puesto a un trabajador con discapacidad.
  • No contratar a personas con discapacidad (cuota legal del 2% en empresas de 50+).
  • Despedir por aparición de discapacidad.

5. Por orientación sexual o identidad de género

Ejemplos:

  • Comentarios despectivos sobre orientación.
  • No reconocer permisos por maternidad/paternidad LGTBI.
  • Aislar a personas trans.

Cómo detectar la discriminación

  • Comparación: ¿te tratan peor que a compañeros en la misma situación?
  • Patrones: ¿hay un colectivo sistemáticamente perjudicado?
  • Estadísticas: ¿la plantilla no refleja la diversidad del sector?
  • Comentarios: ¿hay "bromas" o comentarios sobre el motivo protegido?

Pruebas de discriminación

  • Datos salariales comparativos (brecha).
  • Correos/mensajes con contenido discriminatorio.
  • Testigos de trato desigual.
  • Estadísticas de contratación, ascenso, despido por colectivo.
  • Decisiones documentadas que afectan a un colectivo.

La carga de la prueba invertida

En casos de discriminación, la carga de la prueba se invierte (art. 96 ET y jurisprudencia europea): si presentas indicios de discriminación, es la empresa la que debe demostrar que no discriminó. Esto facilita enormemente tu caso.

Cómo denunciar

Vía 1: canal interno (Ley 2/2023)

Denuncia anónima o nominativa en el canal de la empresa. La empresa debe investigar.

Vía 2: Inspección de Trabajo

Denuncia a la ITSS, que puede sancionar a la empresa.

Vía 3: demanda laboral

Demanda ante el Juzgado de lo Social. Puedes reclamar:

  • Indemnización por daños morales.
  • Nulidad del despido si fue discriminatorio (readmisión + salarios de tramitación).
  • Sanción a la empresa.

Vía 4: denuncia penal

Si la discriminación es grave, el art. 314 CP castiga con prisión de 6 meses a 2 años.

Conclusión

La discriminación laboral está prohibida y perseguida. La carga de la prueba invertida facilita tu caso. Documenta indicios y denuncia. DenunciaBot te permite iniciar la denuncia anónimamente con protección de la Ley 2/2023.

CB
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