La discriminación laboral: qué es
La discriminación laboral es el trato desfavorable de un trabajador por motivos protegidos: sexo, edad, origen racial, religión, discapacidad, orientación sexual, ideología. Está prohibida por el art. 17 ET, el art. 14 CE y el art. 314 CP (delito).
Tipos de discriminación
1. Por sexo (incluye brecha salarial)
Ejemplos:
- Pagar menos a una mujer por el mismo trabajo.
- No ascender a mujeres "por si se embarazan".
- Asignar tareas inferiores a mujeres con igual categoría.
La Ley 4/2023 (Real Decreto-ley 902/2020) obliga a empresas de 50+ a tener plan de igualdad y registro salarial.
2. Por edad
Ejemplos:
- No contratar a mayores de 50.
- Despedir preferentemente a mayores.
- No formar a trabajadores próximos a la jubilación.
3. Por origen racial o nacionalidad
Ejemplos:
- No contratar a extranjeros (con permiso legal).
- Pagar menos a trabajadores de ciertos orígenes.
- Aislar o ignorar a empleados por su origen.
4. Por discapacidad
Ejemplos:
- No adaptar el puesto a un trabajador con discapacidad.
- No contratar a personas con discapacidad (cuota legal del 2% en empresas de 50+).
- Despedir por aparición de discapacidad.
5. Por orientación sexual o identidad de género
Ejemplos:
- Comentarios despectivos sobre orientación.
- No reconocer permisos por maternidad/paternidad LGTBI.
- Aislar a personas trans.
Cómo detectar la discriminación
- Comparación: ¿te tratan peor que a compañeros en la misma situación?
- Patrones: ¿hay un colectivo sistemáticamente perjudicado?
- Estadísticas: ¿la plantilla no refleja la diversidad del sector?
- Comentarios: ¿hay "bromas" o comentarios sobre el motivo protegido?
Pruebas de discriminación
- Datos salariales comparativos (brecha).
- Correos/mensajes con contenido discriminatorio.
- Testigos de trato desigual.
- Estadísticas de contratación, ascenso, despido por colectivo.
- Decisiones documentadas que afectan a un colectivo.
La carga de la prueba invertida
En casos de discriminación, la carga de la prueba se invierte (art. 96 ET y jurisprudencia europea): si presentas indicios de discriminación, es la empresa la que debe demostrar que no discriminó. Esto facilita enormemente tu caso.
Cómo denunciar
Vía 1: canal interno (Ley 2/2023)
Denuncia anónima o nominativa en el canal de la empresa. La empresa debe investigar.
Vía 2: Inspección de Trabajo
Denuncia a la ITSS, que puede sancionar a la empresa.
Vía 3: demanda laboral
Demanda ante el Juzgado de lo Social. Puedes reclamar:
- Indemnización por daños morales.
- Nulidad del despido si fue discriminatorio (readmisión + salarios de tramitación).
- Sanción a la empresa.
Vía 4: denuncia penal
Si la discriminación es grave, el art. 314 CP castiga con prisión de 6 meses a 2 años.
Conclusión
La discriminación laboral está prohibida y perseguida. La carga de la prueba invertida facilita tu caso. Documenta indicios y denuncia. DenunciaBot te permite iniciar la denuncia anónimamente con protección de la Ley 2/2023.